Resolución 067 de 2015 ¿Cuáles son los requisitos objeto de control por parte de la Cámara de Comercio en el registro de las decisiones de liquidación de sociedades comerciales? ¿Cuál es el alcance de dicho control?
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Fecha
2015-03-31
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2015
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Resumen
Descripción
El recurrente alega que no se hizo convocatoria alguna para la asamblea de accionistas y que no se cumplieron los requisitos de las mayorías para tomar la decisión de liquidar Servicios registrales
Temas
Quórum
Liquidación (Registro Mercantil)
Liquidación (Registro Mercantil)
Marco jurídico aplicable
Artículo 190 Código de Comercio
Artículo 420 Código de Comercio
Artículo 248 Código de Comercio
Artículo 24 Ley 1429 de 2010
Artículo 420 Código de Comercio
Artículo 248 Código de Comercio
Artículo 24 Ley 1429 de 2010
Decisión
CONFIRMA EL REGISTRO
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Sociedades Comerciales- Liquidación de Sociedades- Cuenta final de liquidación- Requisitos Generales- En caso de las personas jurídicas comerciantes, Es necesario que previo al registro de la cancelación de la matricula mercantil, se inscriba el acto por medio del cual se aprueba la liquidación de la sociedad, por cuanto el mismo se constituye en la forma en que se extingue la personalidad jurídica societaria. Doctrina- definición- (...) Es un procedimiento regulado en la ley, cuya observancia es obligatoria en Colombia para todas las compañías mercantiles, que persigue, a través de la realización de una cadena de actos complejos, la conclusión de las actividades pendientes al tiempo de la disolución, la realización de los activos sociales, el pago del pasivo externo, la repartición del remanente de dinero o bienes de los socios y la extinción de la persona jurídica- sociedad. Decisión de liquidación de sociedad- artículo 248 del Código de Comercio- (...) estas decisiones podrán adoptarse con el voto favorable de la mayoría de los asociados que concurran, cualquiera que sea el valor de las partes de interés, cuotas o acciones que representen en la sociedad. Aprobación de la cuenta final- Requisitos- Doctrina- (...) la convocatoria para esta sesión del organismo rector debe reunir los requisitos normales exigidos en la ley y en los estatutos para el efecto. En cambio, tanto el quórum como la mayoría decisoria sufren una considerable modificación (...) el estatuto mercantil tan solo exige que concurra un numero plural de personas y que las decisiones se aprueben con el voto favorable de la mayoría de los asociados que asistan a la reunión, sin contemplar el numero de cuotas, acciones o partes de interés, que represente la compañía. Control restringido de la cuenta final de liquidación- Por otra parte, es importante aclararle a los recurrentes que las cámaras de comercio tampoco tienen la facultad legal para verificar la legalidad de la cuenta final del liquidación de cualquier sociedad o control si efectivamente existen obligaciones pendientes o si no honraron las mismas.