Resolución 049 de 2015 ¿Es el incumplimiento de los estatutos, las inhabilidades entre los asociados y las presuntas nulidades materia de control de legalidad por parte de las cámaras de comercio?
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2015-03-17
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Resumen
Descripción
Se solicita la revocatoria del registro de elección de gerente, alegando que no se hizo la convocatoria a la reunión consejo de administración, y que las decisiones que se tomaron y su procedimiento contrarían los estatutos.
Temas
Nombramientos
Control de legalidad
Control de legalidad
Marco jurídico aplicable
Artículo 189 Código de Comercio
Decisión
Confirma el registro
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Control Formal- Ley 79 de 1988- Cooperativas- Conforme a lo expuesto, la regla general es que el registro de las entidades sin ánimo de lucro, de régimen solidario las cámaras de comercio están facultadas para verificar se cumplan las formalidades previstas en los estatutos o en las leyes especiales en lo referente a las formalidades de la convocatoria, quórum, mayorías decisorias y la competencia del órgano para adoptar los nombramientos y las reformas.
Hechos o situaciones que escapan al control formal asignado a las cámaras respecto de los documentos sujetos a registro - Aquellas actuaciones que escapan del control formal de las cámaras de comercio y que consideran los interesados deben ser materia de pronunciamiento, tales como incumplimiento de los estatutos, inhabilidades entre los miembros de los órganos de administración o de dirección, o de administración o de fiscalización, así como los requisitos necesarios o especiales para ocupar ciertos cargos, los actos violatorios de la ley y de los estatutos cuyos requisitos no controlan las cámaras de comercio, no son materia de pronunciamiento por parte de las entidades registrales, por lo cual, los mismos deben ser puestos en conocimiento de las autoridades competentes.