Resolución 192 del 22 de agosto de 2007: ¿Cuáles son los elementos que considera la Cámara al evaluar la inscripción de nombramientos? ¿Cuándo procede la autoconvocatoria por parte de los socios? ¿Efectos de la decisión de instaurar una acción social de responsabilidad?

dc.contributor.authorCámara de Comercio de Bogotá
dc.date.accessioned2015-04-10T13:55:36Z
dc.date.available2015-04-10T13:55:36Z
dc.date.issued2007
dc.descriptionActa de junta de socios. - Se alega violación del derecho de defensa por parte del representante legal removido del cargo como consecuencia de la decisión de promover una acción social de responsabilidad. - Irregularidades en la convocatoria que decidió el cambio de representante legal.spa
dc.descriptionServicios registralesspa
dc.description.decisionreasonControl de legalidad Actas - elementos - las cámaras de comercio en cuestión de nombramientos, ejercen un control sobre los documentos contenidos de estas decisiones que recae específicamente sobre aspectos relativos al órgano competente, la convocatoria, quórum, la aprobación del acta, la constancia de firma de presidente y secretario, así como la autenticidad del acta que se envía para registro, siendo claro que éste un control de tipo formal, vale decir, basado en la información que reposa en el documento, en aplicación del principio de buena fe y valor probatorio de los hechos contenidos en el acta. De la acción social de responsabilidad - efectos - son dos las consecuencias de la decisión del máximo órgano social de adelantar contra el administrador una acción social de responsabilidad, la primera, abre la puerta para acudir ante la jurisdicción y la segunda, impone la remoción del administrador contra quien se adelanta la acción. Autoconvocatoria por los socios- el único evento en el que los socios pueden autoconvocarse, es para decidir una acción social de responsabilidad contra los administradores conforme al articulo 25 de la ley 222 de 1995. - el articulo 25 es una norma especial que debe tenerse en cuenta para tomar la decisión ya que por su especialidad prima sobre las normas generales que generan a la respectiva sociedad.spa
dc.description.fondoResolucionesspa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/8470
dc.publisherBogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2007spa
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotáspa
dc.subject.proposalSociedades Comercialesspa
dc.subject.proposalNombramientosspa
dc.subject.proposalConvocatoria reuniones extraordinariasspa
dc.subject.topicCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resolucionesspa
dc.subject.udcArtículo 25 Ley 222 de 1995spa
dc.subject.udcArtículo 163 Código de Comerciospa
dc.subject.udcArtículo 189 Código de Comerciospa
dc.subject.udcOficio N° 350-67688 del 24 de octubre de 2000 Supersociedadesspa
dc.titleResolución 192 del 22 de agosto de 2007: ¿Cuáles son los elementos que considera la Cámara al evaluar la inscripción de nombramientos? ¿Cuándo procede la autoconvocatoria por parte de los socios? ¿Efectos de la decisión de instaurar una acción social de responsabilidad?spa
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