Resolución 137 de 2015 ¿Cuál es el alcance del control de legalidad sobre el acto constitutivo y las reformas en las SAS? ¿Qué es la acción de responsabilidad y cuales son los requisitos formales de la decisión social que promueve dicha acción?
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Fecha
2015-06-22
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2015
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Resumen
Descripción
Se interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra los registros del acta de la asamblea de accionistas de la sociedad HUBBOG SAS, celebrada el 30 de Marzo de 2015, a través de la cual se nombró gerente general y se aprobó la acción social de responsabilidad contra el recurrente.
Sostiene que se celebró la asamblea desconociendo el cumplimiento de los requisitos legales: Convocatoria de reunión realizada por un medio distinto al establecido en los estatutos, Consecuencia de lo anterior, no se encontraba presente el 100 % de las acciones en las que se encuentra representado el capital social, No hay claridad con respecto al quórum
Servicios registrales
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Temas
Registro Mercantil
Quórum
Control de legalidad
Actos administrativos
Presunción de autenticidad
Responsabilidad social
Quórum
Control de legalidad
Actos administrativos
Presunción de autenticidad
Responsabilidad social
Marco jurídico aplicable
Artículo 189 Código de Comercio
Artículo 42 Ley 1429 de 2010
Artículo 25 Ley 222 de 1995
Resolución N° 12071 de 2011 Superintendencia de Industria y Comercio
Oficio N° 220-49547 del 27 de septiembre de 2004 Superintendencia de Sociedades
Oficio N° 220-055163 del 10 de junio de 2012 Superintendencia de Sociedades
Artículo 42 Ley 1429 de 2010
Artículo 25 Ley 222 de 1995
Resolución N° 12071 de 2011 Superintendencia de Industria y Comercio
Oficio N° 220-49547 del 27 de septiembre de 2004 Superintendencia de Sociedades
Oficio N° 220-055163 del 10 de junio de 2012 Superintendencia de Sociedades
Decisión
1. Confirmar los actos administrativos de registro números 01936001 y 01936004 del libro IX, en el registro mercantil de la sociedad HUBBOG S.A.S.
2- Conceder ante la Superintendencia de Industria y Comercio, el recurso de apelación interpuesto de manera subsidiaria.
3. Notificar el contenido de la resolución a René Rojas Tapias.
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Control de las Cámaras de Comercio respecto del acto constitutivo y sus reformas (Artículo 6 Ley 1258 de 2008) - Si en las reformas o nombramientos de un representante legal en una SAS se omite alguno de los requisitos previstos en el articulo 5 de la ley 1258 de 2008 o en la ley, las cámaras de comercio deberán abstenerse de registrar dicho acto. En caso contrario, deberán proceder con su inscripción.
Causas de Abstención- se deben abstener de inscribir el acta o documento en los casos de ineficacia, inexistencia u omisión de alguno de los requisitos relativos a la convocatoria, quórum, mayorías, órgano competente, aprobación del acta, constancia de firma de presidente y secretario de la reunión. El control formal efectuado por las cámaras de comercio, se circunscribe únicamente a la información que reposa en el documento. (Principio de buena fe, valor probatorio de los hechos contenidos en las actas).
Acción de Responsabilidad- Concepto- Es una actuación que se adelanta contra los administradores de la sociedad que en ejercicio de su cargo causen algún perjuicio a la empresa. De esta manera, configurada la conducta del administrador, los socios o accionistas pueden citar directamente a la asamblea o si se encuentran reunidos válidamente y sin necesidad de que conste en el orden del día, pueden adoptar la decisión de iniciar la acción siempre y cuando se reúnan las condiciones previstas en el articulo 25 de la Ley 222 de 1995. Los requisitos para la adopción de dicha decisión, deben cumplir con las formalidades generales exigibles a las actas que contienen decisiones sociales respecto del órgano competente, quórum deliberatorio, mayorías decisorias, convocatoria (medio y antelación), firmas y aprobación del acta.