Derecho de petición 6017473 del 29 de noviembre de 2006: Rafael Castro Castro
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Fecha
2006-11-29
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Resumen
Descripción
¿Cuál es el trámite de inscripción que se le da a las reformas estatutarias de entidades sin ánimo de lucro?
Temas
Registro Mercantil
Reforma de Estatutos
Reforma de Estatutos
Marco jurídico aplicable
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
Documentos relacionados
Razón de la decisión
En la circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio, se estableció que para las personas jurídicas sin ánimo de lucro, deben inscribirse entre otras cosas, la escritura pública o documento privado que contenga los estatutos o sus reformas, por lo que: (1) debe allegarse copia auténtica del documento que contenga la aprobación de la reforma estatutaria (2) debe acreditarse el pago de los derechos a que haya lugar, que se liquidarán en caja de documentos.