Resolución 07 del 07 de febrero de 2013: ¿Puede la Cámara de Comercio de Bogotá inscribir representantes legales de entidades sin ánimo de lucro con domicilio en el extranjero?

dc.contributor.authorCámara de Comercio de Bogotá
dc.contributor.authorVicepresidencia Ejecutiva
dc.date.accessioned2014-12-02T22:31:07Zen
dc.date.available2014-12-02T22:31:07Zen
dc.date.issued2013
dc.descriptionHechos: - CCB niega inscripción del representante legal de la entidad sin ánimo de lucro. - El decreto 019 de 10 de enero de 2012 otorgo la facultad de inscribir actos de entidades sin ánimo de lucro con domicilio en el extranjero, facultad antes otorgada al Ministerio del Interior.spa
dc.descriptionServicios registralesspa
dc.description.fondoResolucionesspa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/3557
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotáspa
dc.subject.proposalSociedades Comercialesspa
dc.subject.topicCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resolucionesspa
dc.subject.udcArtículo 50 Decreto 019 de 2012spa
dc.subject.udcArtículo 116 Decreto 019 de 2012spa
dc.titleResolución 07 del 07 de febrero de 2013: ¿Puede la Cámara de Comercio de Bogotá inscribir representantes legales de entidades sin ánimo de lucro con domicilio en el extranjero?spa
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