Derecho de petición N° 1-0000036062 ¿Cómo opera el régimen de prescripción de deudas comerciales ante la cámara de comercio?
dc.contributor.author | Cámara de Comercio de Bogotá | |
dc.contributor.author | Vicepresidencia de Servicios Registrales | |
dc.date.accessioned | 2015-08-27T20:33:34Z | |
dc.date.available | 2015-08-27T20:33:34Z | |
dc.date.issued | 2014 | |
dc.description | ¿Cómo opera el régimen de prescripción de deudas comerciales ante la cámara de comercio? | spa |
dc.description | Servicios registrales | spa |
dc.description.decisionreason | Es claro que la depuración al registro mercantil aplicó para la personas naturales, cuya matrícula no se renovó por última vez diez años antes de la vigencia de la Ley 1014 de 2010, es decir desde el año 2000 hacia atrás, y para el caso concreto la matrícula mercantil número 01150438 a nombre del señor SIERRA URREGO DIEGO FERNANDO, se renovó hasta el año 2002, razón por la cual no se puede aplicar lo establecido en le parágrafo 2 del articulo 50 de la Ley 1429 de 2010. En consecuencia no es posible aplicar prescripción o la cancelación de la matricula en virtud de la Ley 1429 de 2010. | spa |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/11520/13425 | |
dc.publisher | Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014 | spa |
dc.rights | Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá | spa |
dc.subject.proposal | Matrícula Mercantil | spa |
dc.subject.topic | Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones | spa |
dc.subject.udc | Artículo 33 Código de Comercio | spa |
dc.subject.udc | Parágrafo 3 artículo 50 Ley 1429 de 2010 | spa |
dc.title | Derecho de petición N° 1-0000036062 ¿Cómo opera el régimen de prescripción de deudas comerciales ante la cámara de comercio? | spa |