Derecho de petición N° 1-0000036062 ¿Cómo opera el régimen de prescripción de deudas comerciales ante la cámara de comercio?
Cargando...
Solicitud de documento
Fecha
2014
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
Documentos PDF
Enlace al recurso
Enlace al recurso
Resumen
Descripción
¿Cómo opera el régimen de prescripción de deudas comerciales ante la cámara de comercio?
Servicios registrales
Servicios registrales
Temas
Matrícula Mercantil
Marco jurídico aplicable
Artículo 33 Código de Comercio
Parágrafo 3 artículo 50 Ley 1429 de 2010
Parágrafo 3 artículo 50 Ley 1429 de 2010
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
Documentos relacionados
Razón de la decisión
Es claro que la depuración al registro mercantil aplicó para la personas naturales, cuya matrícula no se renovó por última vez diez años antes de la vigencia de la Ley 1014 de 2010, es decir desde el año 2000 hacia atrás, y para el caso concreto la matrícula mercantil número 01150438 a nombre del señor SIERRA URREGO DIEGO FERNANDO, se renovó hasta el año 2002, razón por la cual no se puede aplicar lo establecido en le parágrafo 2 del articulo 50 de la Ley 1429 de 2010.
En consecuencia no es posible aplicar prescripción o la cancelación de la matricula en virtud de la Ley 1429 de 2010.