Resolución 198 del 20 de diciembre de 2012: El acto de renovación del proponente de la sociedad Aseguradora solidaria de Colombia LTDA

dc.contributor.authorCámara de Comercio de Bogotá
dc.contributor.authorVicepresidencia Ejecutiva
dc.date.accessioned2014-12-02T22:16:08Zen
dc.date.available2014-12-02T22:16:08Zen
dc.date.issued2012
dc.descriptionQue al no allegarse junto con el memorial las pruebas establecidas por el legislador, ni la caución o póliza de seguros que trata el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del decreto 0019 de 2012, y el artículo 6.3.1., del Decreto 734 de 2012, esta Cámara de Comercio no puede admitir el recurso interpuesto y debe proceder a rechazarlo.spa
dc.description.fondoResolucionesspa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/3357
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotáspa
dc.subject.proposalActos administrativosspa
dc.subject.topicCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resolucionesspa
dc.titleResolución 198 del 20 de diciembre de 2012: El acto de renovación del proponente de la sociedad Aseguradora solidaria de Colombia LTDAspa
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