Derecho de petición N° 11-0000003981¿Cuál es el procedimiento para la liquidación de intereses de mora cuando estos se causen con ocasión de retraso en registro de documentos que involucren cuantía?
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Fecha
2014-03-13
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
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Resumen
Descripción
Servicios registrales
Se pregunta ¿Cuál es el procedimiento para la liquidación de intereses de mora cuando estos se causen con ocasión de retraso en registro de documentos que involucren cuantía?.
Se pregunta ¿Cuál es el procedimiento para la liquidación de intereses de mora cuando estos se causen con ocasión de retraso en registro de documentos que involucren cuantía?.
Temas
Registro Mercantil
Marco jurídico aplicable
Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio
Artículo 14 Decreto Reglamentario N° 650 de 1996
Artículo 14 Decreto Reglamentario N° 650 de 1996
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
En el Art 14 del Decreto Reglamentario No. 650 de 1996 está prevista la sanción por pago extemporáneo . La disposición sobre el impuesto de renta referido es el art 634 del Estatuto Tributario.
Así las cosas, cuando el artículo 14 del decreto 650 de 1996, establece como fechas perentorias para el registro de los documento la afirmación que dentro de los dos meses siguientes, si han sido otorgados o expedidos en el país, y dentro de los tres meses siguientes, se han sido otorgados o expedidos en el exterior, éstos se entienden meses corrientes, habida cuenta de la remisión que hace el Decreto 650 de 1996 al Estatuto Tributario en materia de impuesto a la Renta y complementarios y en concordancia con lo que establece el artículo 829 del Código de Comercio , y se entenderá que su vencimiento tendrá lugar el mismo día del correspondiente mes.
Ahora bien, para el cálculo exacto de la mora debe tenerse en cuenta los criterios definidos en los artículos 634 y 635 del Estatuto Tributario; el artículo 305 del código penal; el artículo 11.2.5.1.1 del Decreto 2555 de 2011; el artículo 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010; Ley 1607 de 2012, Circular 069 de 2006 de la DIAN y la Circular Tasa Interés Moratorio DIAN al 30 de marzo de 2013, de la cuales se puede extraer 3 formas de calcular la mora, que depende de la fecha del documento del que se quiera calcular la misma. Estas se describen en el archivo adjunto.