Derecho de petición N° 2-0000001225 ¿Se procede a la cancelación de la matrícula mercantil de un establecimiento de comercio por el hecho de fallecer su titular?

Cargando...
Miniatura
Solicitud de documento
Fecha
2014-03-06
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
Documentos PDF
Enlace al recurso
Enlace al recurso
Resumen
Descripción
Solicita cancelar la matrícula del establecimiento de comercio denominado “MISCELANEA NIÑO”, por fallecimiento del propietario. ¿Se procede a la cancelación de la matrícula mercantil de un establecimiento de comercio por el hecho de fallecer su titular?.
Servicios registrales
Temas
Matrícula Mercantil
Establecimientos de Comercio
Sucesión (Derecho)
Marco jurídico aplicable
Artículo 595 Código de Procedimiento Civil
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
Documentos relacionados
Razón de la decisión
Conforme con la teoría clásica del patrimonio, cuando la persona fallece todas las relaciones jurídicas de que era sujeto activo o pasivo, no se extinguen pues gracias a la sucesión por causa de muerte el patrimonio del causante pasa a sus herederos. Siguiendo con el artículo 595 del Código de procedimiento civil, no es posible cancelar directamente la matrícula mercantil del establecimiento de comercio Miscelánea Niño, sin haber sido incluido éste en el proceso de sucesión que se origina a raíz del fallecimiento del titular. Terminado el proceso de sucesión e inscritos los nuevos propietarios, estos podrán proceder a cancelar la matrícula mercantil del establecimiento de comercio.
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación