Derecho de petición N° 1-0000034249 ¿Puede un apoderado de un miembro de junta directiva de una sociedad, reemplazarlo en sus ausencias ante la junta?
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Fecha
2014
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
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Resumen
Descripción
Servicios registrales
¿Puede un apoderado de un miembro de junta directiva de una sociedad, reemplazarlo en sus ausencias ante la junta?
¿Puede un apoderado de un miembro de junta directiva de una sociedad, reemplazarlo en sus ausencias ante la junta?
Temas
Actos administrativos
Junta Directiva
Estatutos
Registro Mercantil
Junta Directiva
Estatutos
Registro Mercantil
Marco jurídico aplicable
Artículo 434 Código de Comercio
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Frente a lo anterior es claro que un miembro de junta directiva, no puede ser remplazado por un apoderado, pues así lo establece los estatutos y lo confirma la Superintendencia de Sociedades donde establece que quien remplaza los miembros principales de la junta directiva son los suplentes, en sus ausencias temporales, accidentales o absolutas.