Sentencia T-354/19
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Fecha
2019-08-06
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Resumen
Descripción
Temas
Acción de Tutela contra Laudo arbitral
Marco jurídico aplicable
Decisión
PRIMERO: DECLARAR la falta de legitimación en la causa por activa de GECELCA S.A. E.S.P.; SEGUNDO: CONFIRMAR por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia de tutela dictada en segunda instancia por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el 12 de septiembre de 2018, la cual, a su vez, confirmó la sentencia de primera instancia proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el 26 de julio de 2018 que declaró improcedente la acción de tutela formulada por las accionantes.; TERCERO: LIBRAR las comunicaciones –por la Secretaría General de la Corte Constitucional–, así como DISPONER las notificaciones a las partes –a través del juez de tutela de primera instancia–, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Notas
Derechos alegados: Derecho al debido proceso / Derecho al acceso a la justicia / Derecho a la tutela judicial efectiva
ISBN
Antecedentes
Las Accionantes, mediante apoderado judicial, presentaron acción de tutela contra el laudo final proferido el 4 de diciembre de 2017 por el Tribunal (en adelante, el Laudo Final) por considerar que vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva.
El Laudo Final tuvo origen en las controversias que surgieron entre las Accionantes y el CONSORCIO CUC-DTC, integrado por las sociedades CHINA UNITED ENGINEERING CORPORATION y DONGFANG TURBINE CO. LTD. (en adelante, el Consorcio), en la ejecución y liquidación del contrato (en adelante, el Contrato RP3) que celebraron el 22 de diciembre de 2010 con el objeto de construir la planta de generación termoeléctrica Gecelca 3 en el municipio de Puerto Libertador, departamento de Córdoba (en adelante, Central Gecelca 3).
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Lizarazo Ocampo, Antonio José