Derecho de Petición 1-0000040665 ¿Las cámaras de comercio tienen capacidad para actualizar información que reportada en una entidad del Estado?

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Fecha
2014
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
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Resumen
Descripción
Servicios registrales
Temas
Registro Mercantil
Entidades estatales
Marco jurídico aplicable
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Así las cosas, la información remitida por la entidad estatal a través aplicativo dispuesto por la CONFEDERACION COLOMBIANA DE CÁMARAS DE COMERCIO – CONFECAMARAS, sólo podrá ser modificada por voluntad de la misma entidad que hizo el reporte, o cuando así se lo ordene a la entidad la autoridad judicial competente mediante providencia ejecutoriada. Así mismo, las controversias que se presenten respecto de esa información deberán surtirse ante la entidad estatal correspondiente y no podrán debatirse ante las cámaras de comercio, como lo establece el numeral 1.2.4.1.6.2 de la Circular Externa número 02 del 31 de enero de 2014, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación