Derecho de Petición N° 5-0000001927 Se pregunta ¿Las actas de Reunión de junta de socios que no estén registradas tienen validez legal? ¿Que perjuicios hay al no contar con un libro de actas?
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Fecha
2014-08-01
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
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Resumen
Descripción
Se pregunta ¿Las actas de Reunión de junta de socios que no estén registradas tienen validez legal? ¿Que perjuicios hay al no contar con un libro de actas?.
Servicios registrales
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Temas
Registro Mercantil
Actos administrativos
Actas
Actos administrativos
Actas
Marco jurídico aplicable
Artículo 26 Código de Comercio
Artículo 28 Código de Comercio
Artículo 29 Código de Comercio
Artículo 44 Código de Comercio
Artículo 117 Código de Comercio
Artículo 195 Código de Comercio
Artículo 901 Código de Comercio
Artículo 264 Código General del Proceso
Artículo 9 Decreto 1784 de 1996
Resolución Nº 46154 del 1 de agosto de 2013 Superintendencia de Industria y Comercio
Artículo 28 Código de Comercio
Artículo 29 Código de Comercio
Artículo 44 Código de Comercio
Artículo 117 Código de Comercio
Artículo 195 Código de Comercio
Artículo 901 Código de Comercio
Artículo 264 Código General del Proceso
Artículo 9 Decreto 1784 de 1996
Resolución Nº 46154 del 1 de agosto de 2013 Superintendencia de Industria y Comercio
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
La finalidad del registro del acta es dar publicidad y oponibilidad a la misma. Por tanto, dicho registro no es un elemento que permita establecer si el acta es valida o no. Ahora bien, es relevante comentarle que el análisis de la validez de las actas no corresponde efectuarla a las cámaras de comercio, si no a los jueces de la república.
Respecto de los libros de actas, es competencia de la cámara proceder con el registro de los mismos más no establecer que perjuicios se deriven de no contar con el libro de actas de cualquier sociedad.