Tutela - radicación n.° 11001-02-03-000-2017-00106-00
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Fecha
2017-01-25
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Resumen
Descripción
Temas
Acción de Tutela contra Laudo arbitral
Marco jurídico aplicable
Decisión
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DENIEGA el amparo incoado a través de la acción de tutela referenciada.
Comuníquese lo aquí resuelto a las partes y, en caso de no ser impugnado, remítase el expediente a la Corte Constitucional para que asuma lo de su cargo.
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Notas
ISBN
Antecedentes
1. El apoderado de la sociedad actora, pide la protección del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por las autoridades accionadas al incurrir en una vía de hecho por defectos material o sustantivo «al haberse inobservado y por ende inaplicado la norma pertinente como lo eran las siguientes normas: Art. 44 de la Ley 45 de 1990, Art. 184 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, Las Circulares Externas No. 007 de 1996 y, 076 de 1999, emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, Capitulo II, 1.2.1.2.», y en el fáctico «al cerrar los ojos ante el tenor literal de la póliza que contempla la exclusión en la página 2 de 59, como último inciso del amparo del LITERAL C sección 1, numeral 1 y no dentro del AMPARO de la página 1 de 59 LITERAL B que era el del objeto de litigio» (ff. 10 y 11, subrayado y negrilla en texto).
Pide que se deje sin efectos el laudo arbitral proferido el 30 de noviembre de 2015, y en consecuencia, «se conceda un término de 3 meses para acudir nuevamente a la justicia arbitral, considerándose interrumpida la prescripción» (f. 8).
(...)
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Rico Puerta, Luis Alonso
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Derecho al debido proceso