Tutela - radicación n° 11001-03-15-000-2017-03461-00(AC)

dc.contributor.authorConsejo de Estado
dc.creator.magistradoRamírez Ramírez, Jorge Octavio
dc.date.accessioned2021-03-01T17:45:31Z
dc.date.available2021-03-01T17:45:31Z
dc.date.issued2018-04-19
dc.description.antecedentesEl 15 de diciembre de 20171 el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO (en adelante FINAGRO), actuando a través de apoderado judicial2, instauró acción de tutela contra el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Santa Marta3, en el caso de FINAGRO contra Rodolfo José De Lavalle Restrepo y Débora Delia Escorcia Navarro, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva.spa
dc.description.derechoDerecho al debido proceso / Derecho al acceso a la justicia / Derecho a la tutela judicial efectivaspa
dc.description.fuente1. Declarar la improcedencia de la acción de tutela interpuesta por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. 2. Notificar la presente decisión a los interesados, por el medio más expedito. 3. De no ser impugnada la presente providencia, enviar a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Cópiese, notifíquese y cúmplase. Esta sentencia se estudió y aprobó en sesión celebrada en la fecha.spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/26338
dc.subject.proposalAcción de Tutela contra Laudo arbitralspa
dc.titleTutela - radicación n° 11001-03-15-000-2017-03461-00(AC)spa
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