Tutela - radicación n° 11001-03-15-000-2018-00503-01(AC)

dc.contributor.authorConsejo de Estado
dc.creator.magistradoBermúdez Bermúdez, Lucy Jeannette
dc.date.accessioned2021-03-12T21:15:22Z
dc.date.available2021-03-12T21:15:22Z
dc.date.issued2018-10-18
dc.description.antecedentesLa Fundación Médico Preventiva para el Bienestar Social S.A., actuando por intermedio de apoderado judicial, presentó acción de tutela contra el laudo arbitral proferido el 11 de diciembre de 2017 por el Tribunal de Arbitramento conformado para dirimir las controversias entre esa organización y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG, representado por la Fiduciaria la Previsora S.A. La parte tutelante consideró que con la referida decisión, el Tribunal de Arbitramento enjuiciado vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso y de defensa.spa
dc.description.derechoDerecho al debido proceso y Derecho a la defensaspa
dc.description.fuentePRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de 1º de agosto de 2018, proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado, que negó la acción de tutela de la referencia. SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes y a los intervinientes en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. TERCERO: Dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/26411
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.subject.proposalAcción de Tutela contra Laudo arbitralspa
dc.titleTutela - radicación n° 11001-03-15-000-2018-00503-01(AC)spa
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