Resolución 113 del 17 de julio de 2009: ¿Cuáles son los requisitos para que proceda un recurso contra un acto administrativo de registro?

dc.contributor.authorCámara de Comercio de Bogotá
dc.contributor.authorVicepresidencia Ejecutiva
dc.date.accessioned2014-12-02T22:20:32Zen
dc.date.available2014-12-02T22:20:32Zen
dc.date.issued2009
dc.descriptionHechos: El 2 de julio de 2009 la Cámara de Comercio de Bogotá inscribió en el registro No. 00157685 del libro 1 del Registro de Entidades sin ánimo de lucro en virtud del cual se registró el cambio de dirección electrónica de la COOPERATIVA ESPERANZA Y AMISTAD DE BOSA. -El 8 de julio de 2009 el señor JOSÉ MAURICIO RAMÍREZ SALAMANCA interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el acto de inscripción No. 00157685 del libro 1 del Registro de Entidades sin ánimo de lucro en virtud del cual se registró el cambio de dirección electrónica de la COOPERATIVA ESPERANZA Y AMISTAD DE BOSA.spa
dc.descriptionServicios registralesspa
dc.description.fondoResolucionesspa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11520/3460
dc.rightsTodos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotáspa
dc.subject.proposalRecurso de reposiciónspa
dc.subject.proposalEntidades sin ánimo de lucrospa
dc.subject.topicCategorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resolucionesspa
dc.subject.udcArtículo 11 Decreto 427 de 1996spa
dc.titleResolución 113 del 17 de julio de 2009: ¿Cuáles son los requisitos para que proceda un recurso contra un acto administrativo de registro?spa
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