Petición N° CRE020043451, Efectos jurídicos por no renovar la matrícula mercantil durante 5 años consecutivos

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2018-10-30
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Resumen
Descripción
Peticionario solicita corregir la anotación de que una sociedad se halla disuelta, la cual se encuentra en dicho estado de conformidad con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 1727 del 11 de julio de 2014
Temas
Renovar
Estado de liquidación
Artículo 31 Ley 1727
Disolución
Marco jurídico aplicable
Artículo 33 y 189 Código de Comercio
Artículo 1 Ley 222 de 1995
Artículo 31 Ley 1727 de 2014
Artículo 29 Ley 1429 de 2010
Numeral 2.1.3.9 de la circular 002 de la Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 220-126077 del 21 de septiembre de 2015 de la Superintendencia de Industria y Comercio
Narváez, José Ignacio. La Empresa y el Establecimiento. Bogotá D.C.: Ed. Legis. 2002. Pág. 105
Decisión
No es posible acceder a la petición
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Las sociedades en general que no han cumplido con la obligación legal de renovar su inscripción en los últimos 5 años quedan disueltas y en estado de liquidación, lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, se procedió a disolverla quedando en estado de liquidación Por lo tanto, y teniendo en cuenta que la anotación correspondiente a la disolución de la sociedad objeto de la presente consulta se realizó en cumplimiento de la norma mencionada, no procede la solicitud de corrección a la que hace referencia su petición.
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación