Petición N° 3003367 ¿En cuanto a la regulación de las preecoperativas, ¿prevalece el decreto 427/96 o la ley 79/88 y el decreto 1333/89?

Cargando...
Miniatura
Solicitud de documento
Fecha
2003-03-04
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2003
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2003
Documentos PDF
Enlace al recurso
Enlace al recurso
Resumen
Descripción
¿En cuanto a la regulación de las precooperativas, ¿prevalece el decreto 427/96 o la ley 79/88 y el decreto 1333/89?
Servicios registrales
Temas
Entidades sin ánimo de lucro
Marco jurídico aplicable
Ley 2150 de 1995
Ley 79 de 1988
Decreto 1333 de 1989
Decreto 427 de 1996
Decisión
La Cámara de Comercio considera que las normas citadas son complementarias. Las precooperativas son entidades de naturaleza cooperativa, por tanto según decreto 427 tienen vigencia indefinida, lo que no las exonera de la obligación de convertirse en cooperativas dentro de los cinco años siguientes, prorrogables a juicio de la autoridad competente según lo dispuesto en el decreto 1333/89.
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
Documentos relacionados
Razón de la decisión
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación