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    Resolución 192 del 22 de agosto de 2007: ¿Cuáles son los elementos que considera la Cámara al evaluar la inscripción de nombramientos? ¿Cuándo procede la autoconvocatoria por parte de los socios? ¿Efectos de la decisión de instaurar una acción social de responsabilidad?

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    RESOLUCION 192.PDF (421.4Kb)
    Date
    2007
    Author
    Cámara de Comercio de Bogotá
    Gestores bibliográficos
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    Documentos PDF
    Abstract
    Acta de junta de socios. - Se alega violación del derecho de defensa por parte del representante legal removido del cargo como consecuencia de la decisión de promover una acción social de responsabilidad. - Irregularidades en la convocatoria que decidió el cambio de representante legal.
     
    Servicios registrales
     
    Temas
    Sociedades Comerciales
    Nombramientos
    Convocatoria reuniones extraordinarias
    Marco jurídico aplicable
    Artículo 25 Ley 222 de 1995
    Artículo 163 Código de Comercio
    Artículo 189 Código de Comercio
    Oficio N° 350-67688 del 24 de octubre de 2000 Supersociedades
    Razón de la decisión
    Control de legalidad Actas - elementos - las cámaras de comercio en cuestión de nombramientos, ejercen un control sobre los documentos contenidos de estas decisiones que recae específicamente sobre aspectos relativos al órgano competente, la convocatoria, quórum, la aprobación del acta, la constancia de firma de presidente y secretario, así como la autenticidad del acta que se envía para registro, siendo claro que éste un control de tipo formal, vale decir, basado en la información que reposa en el documento, en aplicación del principio de buena fe y valor probatorio de los hechos contenidos en el acta. De la acción social de responsabilidad - efectos - son dos las consecuencias de la decisión del máximo órgano social de adelantar contra el administrador una acción social de responsabilidad, la primera, abre la puerta para acudir ante la jurisdicción y la segunda, impone la remoción del administrador contra quien se adelanta la acción. Autoconvocatoria por los socios- el único evento en el que los socios pueden autoconvocarse, es para decidir una acción social de responsabilidad contra los administradores conforme al articulo 25 de la ley 222 de 1995. - el articulo 25 es una norma especial que debe tenerse en cuenta para tomar la decisión ya que por su especialidad prima sobre las normas generales que generan a la respectiva sociedad.
    URI
    http://hdl.handle.net/11520/8470
    Collections
    • Resoluciones [548]

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