Resolución N°114 del 21 de julio de 2009: ¿Cuál es la verificación que hace la Cámara de Comercio respecto de las providencias judiciales? ¿Cómo se evalúa la inscripción de un embargo cuando en el establecimiento figuran varios propietarios?
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2009
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Hechos: En el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, bajo la matrícula mercantil No. 1562227, se encuentra inscrito el establecimiento de comercio UNIÓN TEMPORAL PUENTES DEL META, denunciado como propiedad de las siguientes compañías: CONSTRUCCIONES TECNIFICADAS S.A. CONSTRUCTEC S.A., J E C R SOCIEDAD ANÓNIMA SIGLA J E C R S A EN REORGANIZACIÓN, CONSTRUCCIONES E INVERSIONES RDV S.A. Y CIVIPROYECTOS LTDA. Inscripción de providencias bajo matrícula mercantil No. 1562227. -AUGUSTO RUIZ CORREDOR, Representante legal de CONSTRUCCIONES E INVERSIONES RDV S.A. radicó dos escritos en los cuales solicitó remover de nuestros registros varios embargos que no son nuestros, pues corresponden a obligaciones de la sociedad J.E.C.R. S.A. ( ) refiriéndose a los embargos del establecimiento UNIÓN TEMPORAL PUENTES DEL META. -La Cámara de Comerció respondió a dicha petición.
El 4 de junio de 2009 el señor AUGUSTO RUÍZ CORREDOR, Representante Legal de la sociedad CONSTRUCCIONES E INVERSIONES RDV S.A., radicó en la entidad un escrito en el cual solicitó la revocatoria directa de los registros No. 100833, 104515, 105625 y 106683, libro VIII del Registro Mercantil.
La Cámara de Comercio inició trámite de revocatoria directa de los registros No. 100883 del 12 de febrero de 2008 y 106683 del 12 de marzo de 2009, libro VIII del registro mercantil.
Servicios registrales
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Embargos
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Registro Mercantil
Resoluciones
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Marco jurídico aplicable
Artículo 26 Código de Comercio
Artículo 27 Código de Comercio
Artículo 28 Código de Comercio
Artículo 27 Código de Comercio
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