Tutela - radicación n° 11001-03-15-000-2020-00920-00 (AC)

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2020-09-14
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Marco jurídico aplicable
Decisión
F A L L A: PRIMERO: DECLARAR improcedente la solicitud de amparo promovida por la sociedad Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. en reorganización, a través de apoderada judicial, en contra del laudo arbitral de 31 de octubre de 2018, proferido por el Tribunal de Arbitramento integrado por los doctores Juan Manuel Garrido Díaz, Arturo Solarte Rodríguez y Juan Carlos Henao Pérez, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: NOTIFÍQUESE a las partes en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto Ley 2591 de 1991. TERCERO: En caso de que esta providencia no sea impugnada y quede en firme, REMÍTASE el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Se deja constancia que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión de la fecha. CÓPIESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Notas
ISBN
Antecedentes
La empresa Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. en reorganización, a través de apoderada judicial, solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, cuya vulneración le atribuyó al laudo arbitral de 31 de octubre de 2018, proferido por el Tribunal de Arbitramento integrado por los doctores Juan Manuel Garrido Díaz, Arturo Solarte Rodríguez y Juan Carlos Henao Pérez, y conformado para dirimir las controversias surgidas entre dicha sociedad y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), en el marco del contrato de concesión No. GG-040-2004 de 1º de julio de 2004, trámite arbitral que se identificó con radicado número 4150.
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Serrato Valdés, Roberto Augusto
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Derecho al debido proceso.
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación