Tutela - radicación n° 11001-03-15-000-2016-02013-01(AC)
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Fecha
2017-03-30
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Resumen
Descripción
Temas
Marco jurídico aplicable
Decisión
PRIMERO: DECLARAR la cesación de la actuación impugnada por carencia actual de objeto, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído.
SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO: Dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
COPIÉSE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
Notas
ISBN
Antecedentes
Mediante escrito radicado el 22 de febrero de 2016 en la Secretaría General del Tribunal Administrativo de Cundinamarca2, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, por intermedio de apoderado judicial, ejerció acción de tutela contra la Cámara de Comercio de Bogotá – Tribunal de Arbitramento de Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., conformado por Stella Villegas de Osorio, William Namén Vargas y Alier Eduardo Hernández Enríquez, con el fin de obtener el amparo de
sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Araujo Oñate, Rocío
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Derecho al debido proceso y el acceso a la administración de justicia.