Resolución N° 130 ¿Cuál es el criterio aplicable para el cómputo de los días para efectos de validar la convocatoria efectuada por una entidad sin ánimo de lucro?

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Date
2013Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia Ejecutiva
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Abstract
Hechos: - Reunión extraordinaria. - Convocatoria. - Regla aplicable a la convocatoria para las entidades sin ánimo de lucro referido al cómputo de los días. - Errores formales del acta inicialmente presentada y corrección de errores no cumplían con los requisitos formales para la inscripción. Servicios registrales
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Recurso de reposiciónActos administrativos
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Artículo 163 Código de ComercioArtículo 186 Código de Comercio
Artículo 189 Código de Comercio
Artículo 190 Código de Comercio
Artículo 431 Código de Comercio
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