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    Recurso extraordinario de anulación de laudo arbitral - Radicación no. 11001-03-26-000-2018-00095-00(61887)

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    19_CE - Recurso extraordinario de anulación - Radicación no.11001-03-26-000-2018-00095-00(61887).pdf (302.4Kb)
    Date
    2019-03-04
    Author
    Consejo de Estado
    Gestores bibliográficos
    xmlui.custome.item-addthis
    Documentos PDF
    xmlui.custom.dc.contributor.convocada
    Empresa de Servicios de San Marcos Esam E.S.P. y el Municipio de San Marcos (Sucre)
    xmlui.custom.dc.description.antecedentes
    El pacto arbitral En lo relativo a la solución de controversias, en la cláusula 81 del contrato las partes pactaron lo siguiente: Las partes contratantes podrán someter a la decisión de un Tribunal de Arbitramento las controversias generadas en la ejecución, desarrollo, terminación y liquidación de este contrato, que no fueren resueltas directamente por las mismas, con sujeción a lo dispuesto en este contrato. Dicho Tribunal se conformará por ciudadanos colombianos, dos de los cuales serán designados de común acuerdo por las partes y el tercero por la Cámara de Comercio de Sincelejo (Sucre). Si las partes no se pusieren de acuerdo en dicha designación, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la solicitud respectiva, los árbitros serán designados por la Cámara de Comercio de Sincelejo (Sucre). La sede del Tribunal estará en la ciudad de Sincelejo y su funcionamiento se sujetará a lo previsto en la Ley 446 de 1998 y el Decreto 1818 de 1998 y las normas que los complementen, adicionen o modifiquen. El arbitramento será en derecho. (...)
    xmlui.custom.dc.creator.magistrado
    Marín (E), María Adriana
    URI
    http://hdl.handle.net/11520/26797
    Collections
    • c. Sentencias Arbitraje Anulaciones [161]

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