"7.1. DECLARAR infundado el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral proferido el 26 de noviembre de 2015 por el Tribunal de Arbitramento Convocado por la ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. contra el señor JESÚS ANTONIO ZAPATA VALENCIA, por las razones consignadas en la parte motiva de esta providencia.
7.2. CONDENAR en costas del recurso a la parte recurrente. Tásense en su debida oportunidad. Liquídense en la forma prevista por el artículo 366 del código general del proceso incluyendo la suma de $1’500.000.oo como agencias en derecho.
7.3. DEVOLVER el expediente a su lugar de origen. ofíciese y déjese constancia."