"PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO El recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal de arbitramento de fecha 21 de junio de 2012.
SEGUNDO: CONDENAR en costas al recurrente pensé teniendo en cuenta que se fija como agencias en derecho en la suma de 10 millones.
TERCERO: DEVOLVER el expediente a su lugar de origen en la oportunidad procesal respectiva."