PRIMERO.- DECLÁRASE INFUNDADO el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral del 14 de octubre de 2019 proferido por el Tribunal Arbitral conformado para dirimir las controversias entre Ortega Roldán y Cía. Ltda., el patrimonio autónomo Proyecto Construcción Vivienda Nueva, con vocería a cargo de Fiduciaria Bogotá S.A. y la Caja de la Vivienda Popular
SEGUNDO.- CONDÉNASE a la parte recurrente a pagar la suma de 10 SMMLV en costas, por concepto de agencias en derecho.
TERCERO: En firme esta providencia, DEVUÉLVASE el expediente al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Parte convocante
Ortega Roldán y CÍA. LTDA.
Parte convocada
Caja de la Vivienda Popular y otro
Antecedentes
El contrato objeto del laudo arbitral y la cláusula compromisoria
1.- El proceso arbitral tuvo origen en el Contrato de Interventoría No. CPS-PCVN-3-1-30589-040-2013 celebrado entre Fiduciaria Bogotá S.A. como vocera del <<Fideicomiso Fidubogotá S.A. Proyecto Construcción Vivienda Nueva para los proyectos Reserva de la María y Bosques de Arborizadora y Ortega Roldán, en virtud del cual esta última se obligó a ejecutar:
<<LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, Y FINANCIERA A LOS CONTRATOS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN DE LOS PROYECTOS DENOMINADOS BOSQUES DE ARBORIZADORA Y RESERVA DE LA MARÍA QUE CONSTAN DE 302 VIVIVENDAS DE INTERES PRIORITARIO VIP DISCRIMINIDAS ASÍ: 70 vip EN BOSQUES DE ARBORIZADORA UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLIVAR Y 233 VIP EN EL PROYECTO RESERVA DE LA MARÍA UBICADO EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ>>.
2.- La cláusula compromisoria que habilitó al Tribunal Arbitral fue pactada en los siguientes términos:
(...)