En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia impugnada.
Comuníquese telegráficamente lo aquí resuelto a las partes; y, en oportunidad, remítase el expediente a la Corte Constitucional, para su eventual revisión.
xmlui.custom.dc.description.antecedentes
La sociedad solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad, por considerar que el árbitro Ernesto Rengifo García como miembro de Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Medellín, no informó a la partes que se hallaba en causal de impedimento que afectaba su imparcialidad, hecho que generó un laudo arbitral con indebida valoración del material probatorio.
En consecuencia, pretende, se declare la nulidad de la providencia dictada el 5 de septiembre de 2016, y que Conix SA no está legitimada en la causa para demandar.
xmlui.custom.dc.creator.magistrado
Salazar Ramírez, Ariel
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Derecho al debido proceso / Derecho al acceso a la justicia / Derecho a la igualdad