En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia impugnada.
Comuníquese telegráficamente lo aquí resuelto a las partes, al a-quo y, en oportunidad, remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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1. La sociedad accionante a través de apoderado judicial, reclama la protección constitucional del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente conculcado por el Tribunal de Arbitramento conformado por los árbitros Antonio José Núñez, Jaime Humberto Tobar Ordoñez y Juan Caro Nieto, con el laudo arbitral proferido el 30 de agosto de 2016, en el trámite por ella convocado en contra de GM Colmotores.
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