PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de fecha, contenido y procedencia anotada.
SEGUNDO: Comunicar telegráficamente lo resuelto en esta providencia a los interesados y oportunamente envíese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
xmlui.custom.dc.description.antecedentes
1. La gestora implora la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y defensa, presuntamente lesionados por la Corporación accionada.
2. Sostiene, como base de su reclamo, en concreto, lo siguiente (fls. 350 a 376, cdno. 1):
2.1. Con fundamento en la cláusula compromisoria contenida en el contrato de obra civil celebrado con la firma China United Engineerin Corporation -CUC-, la tutelante solicitó la convocatoria de un Tribunal Arbitral ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá para dirimir las diferencias existentes con aquella sociedad en la ejecución de dicho negocio jurídico (...)