Resolución de 143 del 7 julio de 2017 CCB ¿Las cámaras de comercio tiene control, respecto de la aplicación del cociente electoral para la elección de un cuerpo colegiado?
Date
2017-07-07Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Gestores bibliográficos
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Documentos PDF
Abstract
Recurso de Reposición y en subsidio de Apelación en contra del acto administrativo de abstención de registro del Acta No. XXXIII 107 del 24 de marzo de 2017, mediante el cual se nombró la junta directiva.
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Cuociente electoralCuerpos colegiados
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Ley 79 del 23 de diciembre de 1988Ley 1429 de 2010
Decreto 2150 de 1995
Decreto 427 de 1996
Circular Externa N° 002 del 23 de noviembre de 2016 de la Superintendencia de Industria y Comercio
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Confirma el acto administrativoxmlui.custom.dc.description.decisionreason
La Cámara de Comercio de Bogotá, aprecia que la aplicación del cuociente electoral, se adelantó de manera incorrecta ya que, uno de los reglones fue adjudicado a la persona equivocada, esto partiendo del procedimiento matemático. De otra parte, en cuanto a la necesidad de la composición de listas con miembros principales y suplentes, es necesario seguir los lineamientos de la Circular básica Jurídica de 2015 de la Superintendencia de la Economía Solidaria.Collections
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