REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros, Antioquia, el día veintiuno (21) de junio de dos mil siete (2007) y, en su lugar, amparar los derechos fundamentales a la seguridad social, en conexidad con el mínimo vital y la vida digna del peticionario.
xmlui.custom.dc.description.notas
Derecho alegado: Derecho a la seguridad social/Mínimo vital/Vida digna.
xmlui.custom.dc.description.antecedentes
El ciudadano Eduardo de Jesús Piedrahita Mejía interpuso acción de tutela en contra del Instituto de Seguros Sociales EICE, Seccional Medellín (en adelante el Seguro Social), el Municipio de Cisneros, Antioquia (en adelante el Municipio) y la Administradora de Fondos de Pensiones Porvenir (en adelante Porvenir AFP), por considerar que dichas entidades o autoridades le están vulnerando sus derechos fundamentales a la seguridad social en pensiones, en conexidad con la vida digna y el mínimo vital.