Acción de tutela Tribunal arbitral Vía de hecho Arbitraje Derecho de acceso Administración de justicia Debido proceso
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CONFIRMAR la sentencia del Consejo de Estado, Sección Primera, del 30 de octubre de 2003, y, en consecuencia, NEGAR la tutela al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá.
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Derecho alegado: Debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
xmlui.custom.dc.description.antecedentes
"Peticionario: Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P.
Accionado: Tribunal de Arbitramento conformado por los árbitros Luis Fernando Villegas Gutiérrez, José Armando Bonivento Fernández y Juan Manuel Turbay Marulanda. Proceso de revisión de las sentencias proferidas por el Consejo de Estado, Sección Quinta, el 21 de agosto de 2003, y el Consejo de Estado, Sección Primera, el 30 de octubre de 2003.
Señala el apoderado de la ETB que en el caso concreto las decisiones del Tribunal de Arbitramento están lejos de ser providencias judiciales, toda vez que fueron adoptadas por el Tribunal sin aún haber asumido competencia para conocer de la controversia. Siendo procedente la tutela contra la actuación cuestionada, al no ser una providencia judicial, se debe observar que la actitud asumida por el Tribunal dejó sin efecto la libertad en la que quedan las partes para acudir a la jurisdicción permanente del Estado cuando no se haya pagado la totalidad de los gastos y honorarios del Tribunal."