Sentencia del 4 de septiembre de 1998

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1998-09-04
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Resumen
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Del inciso 1º del artículo 226 de la Ley 223 de 1995 se deduce con claridad que dos son los presupuestos del hecho generador, a saber: el primero, el estar en presencia de actos, contratos o negocios jurídicos documentales en los cuales sean parte o beneficiarios los particulares, y el segundo, que tales actos, de conformidad con las disposiciones legales deban registrarse en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos o en las Cámaras de Comercio.
Temas
Normatividad relacionada CCB
Marco jurídico aplicable
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
Documentos relacionados
Razón de la decisión
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación