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Resolución 100 de 2015 ¿En que consiste el principio de literalidad que debe ser observado por las cámaras de comercio al momento de evaluar un acta? ¿ Debe la cámara dentro de su función registral, evaluar las calidades de los asistentes a una reunión?

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Date
2015-05-12Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
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Abstract
Servicios registrales Se solicita la revocatoria directa del registro del acta mediante la cual se nombra la Junta Directiva de la Federación Nacional de Ediles de Colombia, argumentando que no se cumplieron los requisitos establecidos en los estatutos de la entidad sin ánimo de lucro, y que en la toma de esa decisión participaron delegaciones que no eran asociados inscritos.
Temas
QuórumJunta Directiva
Nombramientos
Marco jurídico aplicable
Artículo 189 Código de ComercioDecisión
No revocar el acto de registro.Razón de la decisión
Control de legalidad-Tenor literal - Debe entenderse que la cámara de comercio al verificar un acta debe atenerse al tenor literal de la misma, sin que le sea posible cuestionar las afirmaciones que consten en ese documento, sin perjuicio de las acciones legales que tienen los afectados de acudir a las autoridades competentes para que sean ellas las que avoquen ese conocimiento y emitan el respectivo pronunciamiento. Calidades de los asistentes a la reunión- Las cámaras de comercio no verifican que los asociados cumplan determinados requisitos, para poder participar en una reunión ya que esta función no le ha sido asignada.Collections
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