Derecho de petición N° 6-0000009076 ¿Cuándo una fundación deportiva se constituye ante Cámara de Comercio?
Date
2014-11Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
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Abstract
¿Cuándo una fundación deportiva se constituye ante Cámara de Comercio? Entre otras inquietudes respecto a cómo contratar con el IDRD. Servicios registrales
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Entidades sin ánimo de lucroRegistro Mercantil
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Decreto 2150 de 1995Artículo 21 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
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Hay que tener en cuenta que las cámaras de comercio realizan el registro de las entidades sin ánimo de lucro, ejerciendo de esta manera un control formal sobre estas organizaciones. Si la Fundación deportiva a la cual hace referencia no desarrolla actividades propias del sistema Nacional del Deporte, debe realizar su inscripción ante Cámara de Comercio. Al contrario si sus actividades son propias del deporte su inscripción debe realizarse ante el Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes. En cuanto a las demás inquietudes, se remite la comunicación de la referencia al Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, entidad competente para pronunciarse sobre los temas planteados de conformidad con el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, con el fin de que se pronuncie.Collections
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