Derecho de petición N° 1-0000002667 ¿Los libros de contabilidad están sujetos a registro?

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Fecha
2014-03-10
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Editor
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
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Resumen
Descripción
¿Los libros de contabilidad están sujetos a registro?
Temas
Registro Mercantil
Libros (Registro Mercantil)
Marco jurídico aplicable
Decreto 19 de 2012
Circular externa N° 100 del 06 de marzo de 2012 Superintendencia de Sociedades
Decisión
Ciudad del laudo
Parte convocante
Parte convocada
Árbitros, Consejero, Ponente, Magistrado Ponente
Tipo de contrato del Laudo
Jurisprudencia citada
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Razón de la decisión
El Artículo 28 del Código de Comercio modificado por el Decreto 019 de 2012, establece los libros que deben registrarse en la Cámara de comercio: “…7) Los libros de registro de socios o accionistas y los de actas de asambleas y juntas de socios...”. Por lo anterior, solamente procede el registro de estos libros para sociedades comerciales y no el de los libros de contabilidad ni actas de junta directiva, en ningún caso. Al respecto la Superintendencia de Sociedades el día 06 de marzo de 2012 expidió la Circular Externa 100, donde aclara la eliminación de la obligación de registrar los libros de contabilidad y actas de junta directiva en el registro mercantil.
Notas
ISBN
Antecedentes
Número de radicado
Conferencistas
Magistrado
Director de trabajo de grado
Derecho alegado
Árbitros
Título de grado
Identificador local
Materias Normalizadas
Clasificación Dewey
Citación