Derecho de petición N° 8-0000002839 ¿Por qué no fue posible la cancelación del registro del peticionario?
Date
2014Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Gestores bibliográficos
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Documentos PDF
Abstract
Servicios registrales Solicitud de cancelación de la matrícula mercantil como persona natural.
¿Por qué no fue posible la cancelación del registro del peticionario?
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Matrícula MercantilCancelación (Registro Mercantil)
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Artículo 8 Decreto 898 de 2002Artículo 35 Código de Comercio
Artículo 33 Código de Comercio
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Dando respuesta al derecho de petición.xmlui.custom.dc.description.decisionreason
La matrícula mercantil se cancelará definitivamente a solicitud de quien la haya obtenido, una vez pague los derechos correspondientes a los años no renovados, los cuales serán cobrados de acuerdo con la tarifa vigente en cada año causado. En virtud de lo expuesto, las cámaras de comercio no están facultadas para cancelar una matrícula mercantil, si ésta no se encuentra al día en el pago de la renovación, siendo necesario realizar la misma y así proceder con su cancelación.Collections
- Derechos de petición [193]