Derecho de petición N° 9-0000001496
Date
2014-07Author
Cámara de Comercio de Bogotá
Vicepresidencia de Servicios Registrales
Gestores bibliográficos
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Documentos PDF
Abstract
Se solicita que se proceda a corregir el error en el cual incurrió la Cámara de Comercio de Bogotá y se proceda a realizar el embargo decretado por el juzgado 44 Civil Municipal de Bogotá.
El oficio No 1129 del juzgado 44 Civil Municipal de Bogotá, en el cual se ordena el embargo del establecimiento de comercio denominado MEDIOPLAST LTDA, establecimiento que una vez revisados los registros de esta Cámara, no se evidencia que haya sido matriculado. Servicios registrales
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EmbargosEstablecimientos de Comercio
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Artículo 26 Código de ComercioArtículo 515 Código de Comercio
Artículo 28 Código de Comercio
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Dando respuesta al derecho de petición.xmlui.custom.dc.description.decisionreason
Existía una persona natural matriculada, sin embargo el establecimiento de comercio objeto de la orden de embargo no se encuentra inscrito en la Cámara de Comercio.Collections
- Derechos de petición [193]