Logo CCB
Centro de Información Empresarial (CIEB)
  • Contáctenos
  • Navegar
    • Login
    View Item 
    •   DSpace Home
    • Servicios Registrales
    • Asesoría Jurídica Registral
    • Resoluciones
    • View Item
    •   DSpace Home
    • Servicios Registrales
    • Asesoría Jurídica Registral
    • Resoluciones
    • View Item
    JavaScript is disabled for your browser. Some features of this site may not work without it.

    Resolución 253 del 20 de noviembre de 2007: ¿Cuál es el control que ejerce las cámaras de comercio respecto de las reformas estatutarias de las entidades sin animo de lucro?

    Thumbnail
    View/Open
    RESOLUCION 253.PDF (567.9Kb)
    Date
    2007
    Author
    Cámara de Comercio de Bogotá
    Vicepresidencia de Servicios Registrales
    Gestores bibliográficos
    xmlui.custome.item-addthis
    Documentos PDF
    Abstract
    Transformación de asociación a cooperativa. - Requisito de autorización previa de la transformación por parte de la Superintendencia Solidaria.
     
    Servicios registrales
     
    xmlui.custom.dc.subject
    Entidades sin ánimo de lucro
    Reforma de Estatutos
    Transformación de sociedades
    xmlui.custom.dc.subject.udc
    Artículo 633 Código Civil
    Artículo 42 Decreto 2150 de 1995
    Artículo 43 Decreto 2150 de 1995
    Artículo 86 Código de Comercio
    Artículo 189 Código de Comercio
    Artículo 10 Decreto Reglamentario 898 de 2002
    xmlui.custom.dc.description.fuente
    No revocar
    xmlui.custom.dc.description.decisionreason
    Inscripción de reformas estatutarias - Facultades de la Cámara de Comercio - En lo referente a la inscripción de reformas estatutarias de las Entidades sin ánimo de lucro del régimen común (asociaciones, corporaciones y fundaciones), como sucede con las asociaciones, las cámaras de comercio deberán verificar que el acta en la cual conste dicha modificación, contenga por lo menos la siguiente información: a) Nombre de la entidad, b) la fecha de la reunión donde se adoptaron las decisiones (Decreto 650 de 1996), c) órgano que se reúne, d) los asistentes (quórum deliberatorio), e) la reforma de estatutos que se aprobó, f) votos emitidos para aprobar la reforma, g) firma de los otorgantes y, h) autenticidad del documento o acta Control de legalidad - en el registro de actos y documentos referentes a las entidades sin ánimo de lucro, las cámaras de comercio son autoridades administrativas y, en ese evento, su competencia se limita a las funciones que la ley les ha atribuido de manera que las cámaras siempre tienen que obrar dentro del marco legal que el legislador les ha conferido- la autorización de la Superintendencia de la economía solidaria para la inscripción de la citada asociación en cooperativa de trabajo asociado no era un requisito previo para la procedencia del registro del acta.
    URI
    http://hdl.handle.net/11520/13118
    Collections
    • Resoluciones [519]

    Browse

    All of DSpaceCommunities & CollectionsBy Issue DateAuthorsTitlesSubjectsThis CollectionBy Issue DateAuthorsTitlesSubjects

    My Account

    LoginRegister

    Síganos en redes
    Facebook   Twitter   Youtube   Flickr   Linkedin
    Atención al cliente
    Sedes y horarios   Chat   Escríbanos   Preguntas frecuentes   Llámenos: (571) 383 0330 | #383 |   Virtual  

     

    Términos y condiciones

    Cámara de Comercio de Bogotá - Todos los derechos reservados